En el marco de la emergencia sanitaria que atraviesa nuestro país por la pandemia del virus COVID-19, el Gobierno estableció una serie de créditos para monotributistas de todas las categorías y trabajadores autónomos a Tasa Cero (100% del costo financiero total subsidiado).
Este beneficio se otorgará a quienes cumplan con las siguientes condiciones:
a. Estar inscriptos en cualquier categoría del Régimen y no encontrarse alcanzados por el beneficio del IFE.
b. No prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal (como máximo el 30% de su facturación entre el 12/3 y el 12/4)
c. No percibir ingresos por relación de dependencia o provenientes de una jubilación.
d. En los casos de no tener facturación electrónica, las compras no deberían ser superiores al 80% del límite inferior del promedio mensual de la categoría.
El monto del préstamo estará relacionado con la facturación de cada beneficiario: hasta 3 veces el promedio mensual máximo de cada categoría, con un límite máximo de $150.000.
Este monto será desembolsado en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas, acreditado directamente en el saldo de la tarjeta de crédito del beneficiario.
Hasta la cancelación total del crédito, los beneficiarios no deberían acceder al mercado único y libre de cambios (compra de dólares) ni adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o transferencia en custodia al exterior.
Para acceder a este benefició, se deberá entrar a la página de AFIP con clave fiscal (cuit y contraseña). En la sección “Mis Servicios”, buscar y agregar el servicio “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción”. Luego seguir los pasos que plantea el sistema. Una vez finalizada la carga, la AFIP analizará la información y, de ser aprobado, lo comunicará al para la acreditación del crédito. Para ello, el beneficiario deberá haber declarado una cuenta con su respectiva CBU.